En la Comunidad Valenciana, desde hace algunos años la normativa ha establecido el Informe de Evaluación del Edificio (IEE), que sustituye al anterior ITE. 

Se trata de un informe que están obligados a disponer los edificios con una antigüedad mayor a 50 años. En él se evalúa mediante inspección visual el estado de conservación del edificio, así como las condiciones de eficiencia energética y de accesibilidad.

Consta por tanto de tres bloques:

-Informe técnico del estado de conservación del edificio

-Condiciones de accesibilidad

-Certificado de eficiencia energética del edificio en su conjunto

En relación al estado de conservación del edificio, lo que se realiza es una inspección visual de zonas comunitarias y privativas, con el objeto de detectar y categorizar todos aquellos defectos o patologías que existan y evaluarlos.

En el caso de que se detectara algún defecto de intervención urgente, la propia administración será la que requerirá a los propietarios que atiendan ese problema.

Esa intervención de reparación se llevaría a cabo mediante un procedimiento nuevo, mediante el mismo u otro técnico que evalúe esas deficiencias de forma más detallada y redacte el Proyecto de reparación correspondiente. 

Respecto del Certificado de eficiencia energética del edificio, este se ha de registrar a parte en la web de la Consellería que corresponde. 

Por último, el informe ha de evaluar las condiciones de accesibilidad del edificio desde el acceso al mismo hasta la entrada de cada vivienda, indicando la viabilidad de mejorar dichas condiciones.

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